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Puerta a Puerta: VENTA de TELAS e Insumos para la confección de Barbijos/Cubrebocas

El Ejecutivo Municipal, mediante el Decreto N°486/2020 adhiere en todo a las disposiciones de la Subsecretaria de Control Comercial Municipal, que creó el Registro Único Habilitante para Circulación (Resolución 023/20) de las actividades comerciales exceptuadas por decisión administrativa N ° 490/2020, el jefe de gabinete de ministros de la República Argentina; y su ampliación del enunciado con la Resolución 024/2020 que agrega el servicio de VENTA de TELAS e Insumos para la confección de Barbijos/Cubrebocas de uso obligatorio (Decreto Municipal N°480), ÚNICAMENTE bajo la Modalidad de servicio Puerta a Puerta – Delivery.

Los comercios del rubro que cuenten con la respectiva habilitación Comercial deberán enviar su documentación CUIT – N° de HABILITACIÓN COMERCIAL – NOMBRE Y DNI del TITULAR del Comercio – TELÉFONO y MAIL de Contacto; a hacienda@sanantoniooeste.gov.ar para acreditarse en el REGISTRO ÚNICO HABILITANTE PARA CIRCULACIÓN, para poder realizar la actividad de venta. NO se habilitará la venta en los comercios de manera presencial.

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