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ACCESO A LA TIERRA: NUEVAS URBANIZACIONES EN SAO Y LAS GRUTAS

El Intendente Adrian Casadei elevó al Concejo Deliberante el proyecto de ordenanza que establezca la creación de las nuevas urbanizaciones loteo social “Expansión Urbana Norte” en la planta urbana de Las Grutas y el loteo social “Barrio Mi Bandera” en la planta urbana de San Antonio Oeste, destinadas para la construcción de vivienda única familiar cuya demanda manifiestan cooperativas, asociaciones, agrupaciones y empleados públicos.

“Antes de iniciar esta gestión municipal, nos comprometimos a transparentar y ordenar el acceso a la tierra en nuestro ejido. Por ello, empezamos con el loteo 115° Aniversario dando prioridad a los que llevaban muchos años esperando inscriptos en el Rustifiv., y los vamos convocando por etapas de acuerdo a los años de residencia, de mayor a menor” explicó el intendente.

“Ahora trabajamos en la planificación de urbanizaciones para atender la demanda de los más jóvenes, las nuevas familias, los que planifican las bases de un futuro en nuestras ciudades, y para los que el terreno y la casa son pilares esenciales. Al igual que para todos es requisito indispensable estar inscriptos en el Rustifiv, asi que los interesados pueden ir haciendo el trámite” anticipó Casadei.

Teniendo en cuenta el Artículo 11º de la Ordenanza 4164 que identifica los lotes sociales entre los tipos de tierras fiscales municipales urbanas, el proyecto de ordenanza obedece a la afectación de las manzanas identificadas catastralmente de manera provisoria en las grutas como P01, P02, P03, P04, P05, P06, P07, P08, P09, P10, 564A y 564B; y en San Antonio Oeste con la denominación 582, 583, 583A, 592, 593 y 593ª, que se identifican en los planos del anteproyecto creados para la urbanización por la Secretaría de Planificación y Desarrollo Urbano, a cargo de Mario Dalmasso.

En este sentido, el Consejo Asesor de Planificación y Participación Ciudadana del Municipio San Antonio dio dictamen favorable para las expansiones urbanas de carácter social, que infieren la preadjudicación intransferible y con destino exclusivamente para vivienda de uso familiar permanente.

*REQUISITOS de Inscripción al RUSTIFIV

1. Fotocopia de DNI del solicitante y grupo familiar
2. Fotocopia de CUIL de los solicitantes
3. Justificación de residencia. Mínimo 4 años
4. Acta concubinato-acta de matrimonio- acta de divorcio
5. Certificado de discapacidad en caso de que exista (grupo familiar)
6. Certificado Administrador De Personas (ADP), en ANSES
7. Fotocopia de recibo de sueldo
8. Certificado NO POSESIÓN de la Municipalidad de San Antonio Oeste (solicitar en catastro)
9. En el caso de el/los solicitante/solicitantes con una antigüedad menor a 15 años, presentar certificado de NO POSESIÓN de bienes inmuebles de la provincia de donde proviene
10. Sellado para la inscripción de tierras fiscales RUSTIFIV (solicitar en recaudaciones, abonar en caja)
11. El siguiente formulario del Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Rio Negro se solicitará en el momento de la preadjudicación.
12. Completar la PLANILLA RUSTIFIV (se solicita en la oficina de la Dirección Municipal de Tierras y Catastro)

*Escala de Valores de la Tierra previstas en la ordenanza para estas nuevas urbanizaciones.

El valor del inmueble a preadjudicar será el establecido en la Ordenanza Impositiva vigente, abonándose de la siguiente manera:

1- para lotes de hasta 260 m2, en hasta 48 cuotas mensuales y consecutivas, abonando la primera al momento de la firma del contrato de la preadjudicación.
2- para lotes de hasta 260 m2, para residentes con encuesta socio-económica y que cumplan con las condiciones del artículo 20° de la Ordenanza 4164, en hasta 84 cuotas mensuales y consecutivas, abonando la primera al momento de la firma del contrato de preadjudicación.
3- Para los lotes de más de 260m2 y de hasta 300 m2, 30% a la firma del contrato de preadjudicación y el saldo en treinta y seis (36) cuotas iguales, mensuales y consecutivas.
4- Para los lotes de más de 300m2 y de hasta 360 m2, 30% a la firma del contrato de preadjudicación y el saldo en veinticuatro (24) cuotas iguales, mensuales y consecutivas.
5- El valor de las cuotas se actualizará de acuerdo al incremento sufrido por el índice municipal USAM.

*Respecto de los SERVICIOS

Se incorporará al Contrato de Preadjudicación la siguiente cláusula, tal cual lo establecido en el artículo 32° de la Ordenanza 4164:
“Una vez obtenidos los visados de mensura definitivos por parte de la Gerencia de Catastro de Río Negro, se ejecutarán las redes correspondientes a los servicios de energía eléctrica y agua potable; esta última deberá realizarse con la participación de los preadjudicatarios, mediante la suscripción del convenio correspondiente en el marco del trabajo cooperativo”.-

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